sábado, 26 de abril de 2008

MÁS ALLÁ DE LAS FORMAS: MODIFICAN NORMAS SOBRE CREDITO FISCAL, LEY 29214


LEY QUE MODIFICA EL ARTICULO 19 DEL TEXTO UNICO ORDENADO DE LA LEY DEL IMPUESTO GENERALA LAS VENTAS E IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO,APROBADO MEDIANTE DECRETO SUPREMO Nro 055-99-EF


Articulo 1- Objeto de la Ley
EI objeto, de la Ley es modificar el artículo 19 de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo para fomentar la generación de riqueza en nuestro país.


Artículo 2.- Requisitos formales para el uso del crédito fiscal
Sustitúyese el artículo 19 del Texto Único Ordenado de la ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado mediante Decreto Supremo W 055-99-11F, por el siguiente texto:


“Articulo 19.-Para ejercer el derecho al crédito fiscal a que se refiere el artículo anterior, se cumplirán los siguientes requisitos formales:


a) Que el impuesto general esté consignado por separado en el comprobante de pago que acredite la compra del bien, el servicio afecto, el contrato de construcción o, de ser el caso, en la nota de débito, o en la copia autenticada por el Agente de Aduanas o por el fedatario de la Aduana de los documentos emitidos por la SUNAT, que acrediten el pago del impuesto en la importación de bienes.


Los comprobantes de pago y documentos, a que se hace referencia en el presente inciso, son aquellos que, de acuerdo con las normas pertinentes, sustentan el crédito fiscal.


b) Que los comprobantes de pago o documentos consignen el nombre y número del RUC del emisor, de forma que no permitan confusión el contrastarlos con la información obtenida a través de los medios de acceso público de la SUNAT y que, de acuerdo con la información obtenida a través de dichos medios, el emisor de los comprobantes de pago o documentos haya estado habilitado para emitirlos en la fecha de su emisión.


c) Que los comprobantes de pago, notas de débito, los documentos emitidos por la SUNAT, a los que se refiere el inciso a), o el formulario donde conste el pago del impuesto en la utilización de servicios prestados por no domiciliados, hayan sido anotados en cualquier momento por el sujeto del impuesto en su Registro de Compras. El mencionado Registro deberá estar legalizado antes de su uso y reunir los requisitos previstos en el Reglamento.


El incumplimiento o el cumplimiento parcial, tardío o defectuoso de los deberes formales relacionados con el Registro de Compras, no implicará la pérdida M derecho al crédito fiscal, el cual se ejercerá en el período al que corresponda la adquisición, sin perjuicio de, la configuración de, las infracciones tipificadas en el Código Tributario que resulten aplicables


Cuando en el comprobante de pago se hubiere omitido consignar separadamente el monto del impuesto, estando obligado a ello o, en su caso, se hubiere consignado por un monto equivocado, procederá la subsanación conforme a lo dispuesto por el Reglamento. El crédito fiscal solo podrá aplicarse a partir del mes en que se efectúe tal subsanación.


Tratándose de comprobantes de pago emitidos por sujetos no domiciliados, no será de aplicación lo dispuesto en los incisos a) y b) del presente, articulo.


Tratándose de comprobantes de pago, notas de débito o documentos que incumplan con los requisitos legales y reglamentarios no se, perderá el derecho al crédito fiscal en la adquisición de bienes, prestación o utilización de servicios, contratos de construcción e importación, cuando el pago del total de ¡a operación, incluyendo el pago M impuesto y de la percepción, de ser el caso, se hubiera efectuado:
i. Con los medios de pago que señale, el Reglamento; y,
ii, siempre que se cumpla con los requisitos que señale el referido Reglamento.
Lo antes mencionado no exime del cumplimiento de los demás requisitos exigidos por esta Ley para ejercer el derecho al crédito fiscal.


La SUNAT, por resolución de superintendencia, podrá establecer otros mecanismos de verificación para la validación del crédito fiscal.


En la utilización, en el país, de servicios prestados por no domiciliados, el crédito fiscal se sustenta en el documento que acredite el pago del impuesto. Para efecto de ejercer el derecho al crédito fiscal, en los casos de, sociedades de hecho, consorcios, joint ventures u otras formas de contratos de colaboración empresarial, que no lleven contabilidad independiente, el operador atribuirá a cada parte contratante, según la participación en los gastos establecida en el contrato, el impuesto que hubiese gravado la importación, la adquisición de bienes, servicios y contratos de construcción, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento. Dicha atribución deberá ser realizada mediante documentos cuyas características y requisitos serán establecidos por la SUNAT”


DISPOSICIÓN FINAL
ÚNICA.- Vigencia
La presente Ley regirá a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y se aplicará, incluso, a las fiscalizaciones de la SUNAT en curso y a los procesos administrativos y/o, contenciosos tributarios en trámite, sea ante la SUNAT o ante el Tribunal Fiscal,


POR TANTO:
Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión de la Comisión Permanente realizada el día diecinueve de julio de dos mil siete, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 108 de la Constitución Política del Estado Ordeno que se publique y cumpla.



Nuevas pautas para uso de crédito fiscal regirán desde mañana
Miércoles, 23 de Abril del 2008 - 12:30:09 1005 Lecturas I 0 Comentarios II
El incumplimiento o el cumplimiento parcial, tardío o defectuoso de los deberes formales relacionados con el Registro de Compras, no implicará la pérdida del derecho al crédito fiscal.



El Poder Ejecutivo promulgó hoy (miércoles) la norma sobre crédito fiscal, aprobada por el Congreso de la República, la cual empezará a regir a partir de mañana (jueves) fijando las nuevas pautas referidas al cumplimiento de los requisitos formales para el uso de dicho crédito a fin de fomentar la generación de riqueza en el país.

Esta norma (Ley Nº 29214) modifica el artículo 19º del Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC).

Establece que para ejercer el derecho al crédito fiscal en los comprobantes de pago o documentos correspondientes deberá consignarse el nombre y el número del Registro Único del Contribuyente (RUC) del emisor, para evitar cualquier confusión al contrastarlos con la información obtenida a través de los medios de acceso público de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat).

Además, de acuerdo con la información obtenida mediante esos medios de acceso público, el emisor de los comprobantes de pago o documentos deberá haber estado habilitado para emitirlos en la fecha de su emisión.

De otro lado, establece que el incumplimiento o el cumplimiento parcial, tardío o defectuoso de los deberes formales relacionados con el Registro de Compras, no implicará la pérdida del derecho al crédito fiscal, el cual se ejercerá en el período al que corresponde la adquisición, sin perjuicio de la configuración de las infracciones tributarias tipificadas en el Código Tributario que resulten aplicables.

Tratándose de comprobantes de pago, notas de débito o documentos que incumplan con los requisitos legales y reglamentarios, no se perderá el derecho al crédito fiscal en la adquisición de bienes, prestación o utilización de servicios, contratos de construcción e importación, cuando el pago del total de la operación, incluyendo el pago del impuesto y de la percepción, de ser el caso, se hubiera efectuado con los medios de pago reglamentarios y siempre que se cumpla con los requisitos reglamentarios.

Estas pautas a partir de mañana serán aplicables incluso a las fiscalizaciones de la Sunat en curso y a los procesos administrativos y/o contenciosos tributarios en trámite, sea ante el ente recaudador o ante el Tribunal Fiscal.

Agencia Andina

miércoles, 23 de abril de 2008

CRISIS TRIBUTARIA EN ARGENTINA




Mary Anastasia O’Grady
editora de la columna de las Américas del Wall Street Journal.

La semana pasada se registraron episodios de violencia en Buenos Aires donde manifestantes que protestaban por la escasez de alimentos y la inflación fueron atacados por partidarios de la presidenta Cristina Kirchner armados con palos. Los atacantes eran liderados por un enemigo declarado del sector privado que trabajó con el gobierno del ex presidente Néstor Kirchner.

"Lo único que me mueve", dijo Luis D'elía, después de que su ataque a un manifestante fue grabado por las cámaras y sus acciones fueron justificadas por el jefe de gabinete de Kirchner, "es odio contra la puta oligarquía". Luego anunció que él y sus hombres patrullarán las calles para defender su visión de que los productores del país son inmorales. La policía nacional, que responde a la presidenta, no hizo nada para detener la violencia.

Desde 2003, Argentina ha estado creciendo rápidamente, más de 8% al año. Pero esto ha sido principalmente el resultado de la combinación de un repunte natural después de su colapso y el auge global de los commodities. Mientras tanto, hirviendo justo por debajo de la superficie se mantiene la contradicción fundamental que provocó la crisis de 2001. Aunque un peso fuerte hizo que los argentinos prosperaran en los 90, este era incompatible con la economía rígida y cerrada del país. La situación es la misma hoy: O se abre la economía, se hacen flexibles los mercados laborales y mejora el clima financiero o el gobierno se aferra a una política de un peso débil como una forma de compensar por un modelo económico poco competitivo y permite que la inflación regrese.

Al escoger la segunda opción, los Kirchner han ganado el apoyo del segmento de la economía leal a los principios de Juan Perón, el fascista argentino del siglo pasado. Estos incluyen a los sindicalistas militantes, burócratas del gobierno, la máquina política peronista y gente como D'elía, cuyos matones actúan como la policía informal de Kirchner. Pero al generar inflación y provocar escasez, la economía de Kirchner está alimentando un descontento general.

Los problemas recientes no comenzaron en Buenos Aires, sino en las provincias, en donde la agricultura es la principal actividad económica. Los agricultores se rebelaron a principios de este mes, cuando el gobierno anunció un incremento en los impuestos a la exportación de productos agrícolas. Las denuncias de que las nuevas tasas de retención del gobierno, es decir impuestos a la exportación, son casi una expropiación no están alejadas de la realidad.

Tomemos por ejemplo el caso de la soya. El nuevo impuesto a las exportaciones será incrementado de 35% a 44%. Pero ya que los agricultores también tienen que pagar un impuesto de 35% sobre sus ganancias, la tasa impositiva efectiva es significativamente mayor. "El agricultor termina pagando esencialmente un impuesto de 63% sobre sus ingresos brutos", dice Pablo Guidotti, decano de la escuela de gobierno de la Universidad DiTella. Si el precio de la soya sube, agrega Guidotti, la "tasa de retención" se incrementa hasta que el gobierno pueda tomar hasta 95% de cualquier incremento marginal en los ingresos brutos de los agricultores.

En respuesta a los aumentos de impuestos, los agricultores bloquearon las carreteras en cerca de 300 lugares en todo el país, prometiendo que no permitirían que los bienes llegaran a los mercados. Los efectos de esta decisión se han sentido en la capital, en donde manifestantes se han tomado las calles para apoyar a los agricultores y en contra de lo que dicen que es la arrogancia del gobierno. La huelga ya entraba a su tercera semana.

Kirchner dice que el aumento de impuestos es un mecanismo de redistribución, sugiriendo que los cultivadores y rancheros tienen que ser forzados a compartir más de su buena fortuna con otros. Pero la principal motivación detrás de este aumento impositivo es la inflación.

Según parece, el gobierno hará cualquier cosa para reducir la inflación excepto aquello que resolvería el problema: permitir que el peso se fortalezca. Ha impuesto controles de precios a los negocios, congelado y luego subsidiado los precios de la energía y prohibido las exportaciones de carne. El año pasado, despidió a la directora de la agencia estatal de estadísticas de inflación porque se rehusó a manipular las cifras. Incluso así, los precios subieron aproximadamente 20% en 2007 y las expectativas para este año se mantienen altas. Eso podría explicar la nueva ronda de impuestos confiscatorios. Al desalentar a los agricultores a enviar alimentos al extranjero, el gobierno cree que puede aumentar el suministro interno y ponerle freno a los precios.

Además de enfurecer a los agricultores y reducir el incentivo a producir, esto no hace nada para enfrentarse a las causas de la inflación, las cuales son la expansión monetaria y el fracaso de la economía de atraer inversión y expandir la capacidad de producción. Un peso fuerte y un compromiso del gobierno para respetar la propiedad privada es lo que se necesita para confrontar el alza en los precios.

En cambio, como buenos secuaces sin cerebro, desesperados por abrir hoyos a un dique que gotea, el equipo económico de Kirchner está moviéndose rápidamente, tratando de compensar por los múltiples errores de política de Kirchner sin liberar a la economía. La crisis de inflación es tan sólo el fiasco más reciente. Los subsidios para compensar a los nuevos impuestos a las exportaciones no deben tardar en aparecer.

Pero no importa. El poder de Kirchner no yace en un modelo económico racional. La idea de los Kirchner de dirigir una economía es imponer impuestos, prohibir, regular y subsidiar, si no es micro gestionar cada aspecto de la vida argentina para que ninguna decisión sea tomada sin consultarlo primero con ellos. Ellos son, en el fondo, autoritarios recalcitrantes al estilo de los que hubieron en los años 70.

Si le queda alguna duda, considere el hecho de que Néstor Kirchner invirtió los últimos cinco años desmantelando el sistema institucional de pesos y contrapesos para que cuando llegara este momento, todo el poder estuviera en el palacio presidencial. Él y su esposa ahora controlan al sistema judicial, la legislatura, el banco central, la policía nacional y los gastos discrecionales en las provincias. El único camino que queda para expresar descontento es la desobediencia civil.

Como vimos la semana pasada, ese camino puede estar cerrándose ahora que los Kirchner tienen su propio ejército en las calles de Buenos Aires, liderado por D'elía. La ira y la envidia detrás de la furia de esta multitud es lo que el kirchnerismo ha sembrado desde 2002. Aquellos que se atrevan a discrepar probablemente serán tratados con más salvajismo.

Este artículo fue publicado originalmente en el Wall Street Journal (EE.UU.) el 31 de marzo de 2008.


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MODERAN LOS CAMBIOS AL CRÉDITO FISCAL


TRAS LARGA NEGOCIACIÓN: El Congreso modera los cambios al crédito fiscal

El Ministro Carranza tuvo que negociar con los portavoces de las bancadas
Aunque no forman parte del Parlamento, el ministro de Economía, Luis Carranza, y la viceministra de Economía, Marisol Guiulfo, tuvieron que pasar todo el día de ayer en el Congreso. Esa fue la única manera que los funcionarios encontraron para convencer a las bancadas parlamentarias de modificar el proyecto que flexibilizaba en extremo el uso del crédito fiscal.
Tras una tensa e infructuosa mañana, Carranza se reunió por la tarde con Rafael Yamashiro, presidente de la Comisión de Economía y principal defensor del proyecto que Carranza quería eliminar, mientras que Guiulfo trataba de convencer a los demás representantes. Esta vez, el resultado fue bueno para ambos grupos: el Apra desistiría de pedir la reconsideración de la ley aprobada por el Congreso, mientras que Yamashiro propondría cambios a la ley, las mismas que esta vez sí estaban coordinadas con el MEF.
En términos muy simples, el texto sustitutorio que propuso Yamashiro y que fue aprobado por una mayoría absoluta, establece algunos requerimientos mínimos para poder usar el crédito fiscal. Esta vez sí se detalló cuáles son los documentos que dan derecho a este beneficio y cuál es la información mínima que deben contener: i) identificación del emisor y del adquiriente o usuario (nombre, razón social y número de RUC), o del vendedor si se trata de liquidaciones de compra (nombre y documento de identidad); ii) identificación del comprobante de pago (numeración, serie y fecha de emisión); iii) descripción y cantidad del bien, servicio o contrato objeto de la operación; y iv) monto de la operación (precio unitario, valor de venta e importe total de la operación).
Eso sí, excepcionalmente se podrá deducir el crédito fiscal sin la referida información, pero siempre que esto se dé porque la información consignada en el documento estuvo errada y siempre que el contribuyente pueda acreditar en forma objetiva y fehaciente dicha información.




PLAZO ESPECÍFICO
Pero no solo se han establecido parámetros mínimos de información, sino que se ha limitado nuevamente el plazo máximo para hacer efectivo el uso del crédito fiscal. En ese sentido, se exige que para ello deberán haber sido anotados por el sujeto del impuesto en su registro de compras en las hojas que correspondan al mes de su emisión o del pago del impuesto.


Además, se deja constancia expresa de que con aquel comprobante que consigne datos falsos en lo que se refiere a descripción y cantidad del bien comercializado, así como el valor de venta, no se podrá hacer uso del crédito fiscal. Por el contrario, en caso de usarse comprobantes no fidedignos o que no cumplan lo que señala el reglamento de comprobantes, pero se consigne los datos obligatorios antes citados, no se pierde el derecho al crédito fiscal siempre que se cumpla con los requisitos del reglamento de la Ley del IGV. La norma es retroactiva

SEPA MÁS
4El MEF solicitó establecer requisitos mínimos al uso del crédito fiscal, pues consideraba que, de no haberlos, se podrían generar incentivos perversos para hacer abuso de la norma.
4Las fiscalizaciones en curso por uso indebido del crédito fiscal comprometen S/.2.700 millones, por lo que Guiulfo estimó que, de no modificarse la ley, la recaudación podía caer del 7% del PBI de la actualidad a tan solo 1,5%.
4El presidente Alan García mencionó, el viernes pasado, a una empresa de telefonía, una de electricidad y una de seguros entre las que se beneficiarían indebidamente de la ley ayer corregida. Habría otras cuatro empresas involucradas.

sábado, 19 de abril de 2008

Rey planteará formalmente al Consejo de Ministros separar a Aduanas de Sunat


Rey planteará formalmente al Consejo de Ministros separar a Aduanas de Sunat


Lima, abr. 17 (ANDINA).- El ministro de la Producción, Rafael Rey, informó hoy que próximamente planteará de manera formal un pedido para separar a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) de Aduanas, con la finalidad de que está última pueda facilitar el comercio exterior.
“Creo que cuando se hizo la fusión (de Sunat con Aduanas), la Aduana perdió mucho de esa actitud de facilitar el comercio exterior que tenía antes y la tuvo durante varios años, pero eso se ha ido perdiendo poco a poco, quizás no voluntariamente pero en la práctica sucedió así”, comentó.

Indicó que Aduanas requiere centrarse en facilitar el comercio exterior ahora que los aranceles en Perú han bajado tanto y que los derechos de importación cada día son menos importantes en la recaudación en comparación a los impuestos a la Renta y el General a las Ventas (IGV).

“Se ha comentado alguna vez el tema (de separar Aduanas y Sunat) como una posibilidad, pero ahora voy a plantear al Consejo de Ministros que ese tema se toque a fondo”, enfatizó, aunque precisó que dicha posibilidad no será pronto.

Asimismo, reveló que el Ministerio de la Producción ya culminó la propuesta de la nueva Ley General de Aduanas y pronto será sometida a consideración del Consejo de Ministros para su aprobación.

Explicó que dicha norma será aprobada en el marco de las facultades otorgadas por el Congreso de la República para que el Poder Ejecutivo legisle en temas relacionados con la implementación del Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos.

“Esta propuesta de la nueva Ley General de Aduanas fue consultada y conversada con todos los gremios que tienen que ver con el comercio exterior y concertada con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur). También hubo un intento de consenso con la propia Aduanas, cosa que no ha sido posible”, indicó.

Rey mencionó que ya no buscará una nueva reunión con los funcionarios de Aduanas y presentará la propuesta al Consejo de Ministros porque la decisión de la aprobación de la norma corresponde al Poder Ejecutivo y no a esos funcionarios.

Por otro lado, se mostró a favor de que se evalúe una reestructuración de la Sunat para mejorar su administración y el logro de sus objetivos, pero aclaró que el Congreso de la República no sería la mejor instancia para hacer dicho trabajo ya que se deben seguir criterios técnicos.

Cabe señalar que la Comisión de Economía, Finanzas, Banca e Inteligencia Financiera del Congreso aprobó hace algunos días la creación de una subcomisión encargada de evaluar la reestructuración de la Sunat.

“No me parece mal que se estudie y se piense cómo puede ser más eficiente la labor de cualquier institución, como la Sunat, pero quizás el Congreso no es efectivamente la mejor instancia para estudiarlo”, concluyó.

(FIN) EBS/JPC

viernes, 18 de abril de 2008

Congreso reestructuraría Sunat


Ayer la Comisión de Economía, creó una subcomisión que se encargará de reestructurar a la Sunat. Johny Peralta (PAP), quien presidirá este grupo de trabajo, comentó que la actual organización administrativa de Sunat proviene de la última década del siglo pasado y, por lo tanto, requiere de una reforma institucional que le dé eficiencia y mayor agilidad en la recaudación.
“No existe el ánimo de realizar cambios traumáticos en la actual política tributaria, sino perfeccionar la legislación tributaria vigente”, dijo para luego aclarar que no se crearán nuevos impuestos ni se aumentarán tasas de los ya existentes.

Reacciones
Al respecto, el ex jefe de la Sunat Sandro Fuentes opinó que esta institución viene funcionando bien. Sin embargo, acotó, hay un problema que afecta y es el recorte de los sueldos en el Estado. Situación que motiva a muchos técnicos de la Sunat a buscar otro empleo.
Mencionó que la subcomisión conformada debe, más bien, colaborar con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) en darle claridad a la política fiscal.
A su turno el especialista en temas tributarios Luis Alberto Arias coincidió con Fuentes en que el Congreso no debería tratar estos temas tan técnicos, dado que su labor es la de fiscalizar.
La subcomisión también está conformada por Martín Pérez (UN), Santiago Fujimori (GPF) y Víctor García Belaunde (AP).

Reactivación del Fonavi
& Por increible que parezca,el presidente de la Comisión de Economía del Congreso, Rafael Yamashiro, propuso reactivar el Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) para dar una solución definitiva a aquellas personas que exigen la devolución de sus aportaciones. “La solución pasa por atender esta deuda social, restableciendo el fondo y reactivándolo nuevamente para que pueda ser utilizado en el financiamiento de viviendas de otro amplio sector de fonavistas que todavía no han hecho uso del beneficio”, declaró. Ayer la Comisión de Economía, creó una subcomisión que se encargará de reestructurar a la Sunat. Johny Peralta (PAP), quien presidirá este grupo de trabajo, comentó que la actual organización administrativa de Sunat proviene de la última década del siglo pasado y, por lo tanto, requiere de una reforma institucional que le dé eficiencia y mayor agilidad en la recaudación.
“No existe el ánimo de realizar cambios traumáticos en la actual política tributaria, sino perfeccionar la legislación tributaria vigente”, dijo para luego aclarar que no se crearán nuevos impuestos ni se aumentarán tasas de los ya existentes.

Reacciones
Al respecto, el ex jefe de la Sunat Sandro Fuentes opinó que esta institución viene funcionando bien. Sin embargo, acotó, hay un problema que afecta y es el recorte de los sueldos en el Estado. Situación que motiva a muchos técnicos de la Sunat a buscar otro empleo.
Mencionó que la subcomisión conformada debe, más bien, colaborar con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) en darle claridad a la política fiscal.
A su turno el especialista en temas tributarios Luis Alberto Arias coincidió con Fuentes en que el Congreso no debería tratar estos temas tan técnicos, dado que su labor es la de fiscalizar.
La subcomisión también está conformada por Martín Pérez (UN), Santiago Fujimori (GPF) y Víctor García Belaunde (AP).

Reactivación del Fonavi
& Por increible que parezca,el presidente de la Comisión de Economía del Congreso, Rafael Yamashiro, propuso reactivar el Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) para dar una solución definitiva a aquellas personas que exigen la devolución de sus aportaciones. “La solución pasa por atender esta deuda social, restableciendo el fondo y reactivándolo nuevamente para que pueda ser utilizado en el financiamiento de viviendas de otro amplio sector de fonavistas que todavía no han hecho uso del beneficio”, declaró. Ayer la Comisión de Economía, creó una subcomisión que se encargará de reestructurar a la Sunat. Johny Peralta (PAP), quien presidirá este grupo de trabajo, comentó que la actual organización administrativa de Sunat proviene de la última década del siglo pasado y, por lo tanto, requiere de una reforma institucional que le dé eficiencia y mayor agilidad en la recaudación.
“No existe el ánimo de realizar cambios traumáticos en la actual política tributaria, sino perfeccionar la legislación tributaria vigente”, dijo para luego aclarar que no se crearán nuevos impuestos ni se aumentarán tasas de los ya existentes.

Reacciones
Al respecto, el ex jefe de la Sunat Sandro Fuentes opinó que esta institución viene funcionando bien. Sin embargo, acotó, hay un problema que afecta y es el recorte de los sueldos en el Estado. Situación que motiva a muchos técnicos de la Sunat a buscar otro empleo.
Mencionó que la subcomisión conformada debe, más bien, colaborar con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) en darle claridad a la política fiscal.
A su turno el especialista en temas tributarios Luis Alberto Arias coincidió con Fuentes en que el Congreso no debería tratar estos temas tan técnicos, dado que su labor es la de fiscalizar.
La subcomisión también está conformada por Martín Pérez (UN), Santiago Fujimori (GPF) y Víctor García Belaunde (AP).

Reactivación del Fonavi
& Por increible que parezca,el presidente de la Comisión de Economía del Congreso, Rafael Yamashiro, propuso reactivar el Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) para dar una solución definitiva a aquellas personas que exigen la devolución de sus aportaciones. “La solución pasa por atender esta deuda social, restableciendo el fondo y reactivándolo nuevamente para que pueda ser utilizado en el financiamiento de viviendas de otro amplio sector de fonavistas que todavía no han hecho uso del beneficio”, declaró.

miércoles, 9 de abril de 2008

IMPUESTO A LA RENTA POR ARRENDAMIENTO SERÍA ADMINISTRADO POR LAS MUNICIPALIDADES


El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) evalúa que los municipios no sólo se encarguen de recaudar los tributos relacionados al Régimen Unico Simplificado (RUS) sino también los obtenidos por el Impuesto a la Renta (IR) de Primera Categoría, informó la viceministra de Economía, Marisol Guiulfo. El Impuesto a la Renta de Primera Categoría corresponde a las rentas producidas por el arrendamiento, subarrendamiento y cesión de bienes.
La viceministra señaló que también se está analizando la posibilidad de que mediante la firma de convenios los municipios se encarguen de fiscalizar el pago de impuestos.
Las primeras municipalidades con las que se firmarán convenios de transferencia de funciones son evaluadas por la Sunat, pero serían aquellas que tengan un Servicio de Administración Tributaria (SAT) como tiene la Municipalidad de Lima Metropolitana. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) evalúa que los municipios no sólo se encarguen de recaudar los tributos relacionados al Régimen Unico Simplificado (RUS) sino también los obtenidos por el Impuesto a la Renta (IR) de Primera Categoría, informó la viceministra de Economía, Marisol Guiulfo. El Impuesto a la Renta de Primera Categoría corresponde a las rentas producidas por el arrendamiento, subarrendamiento y cesión de bienes.
La viceministra señaló que también se está analizando la posibilidad de que mediante la firma de convenios los municipios se encarguen de fiscalizar el pago de impuestos.
Las primeras municipalidades con las que se firmarán convenios de transferencia de funciones son evaluadas por la Sunat, pero serían aquellas que tengan un Servicio de Administración Tributaria (SAT) como tiene la Municipalidad de Lima Metropolitana. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) evalúa que los municipios no sólo se encarguen de recaudar los tributos relacionados al Régimen Unico Simplificado (RUS) sino también los obtenidos por el Impuesto a la Renta (IR) de Primera Categoría, informó la viceministra de Economía, Marisol Guiulfo. El Impuesto a la Renta de Primera Categoría corresponde a las rentas producidas por el arrendamiento, subarrendamiento y cesión de bienes.
La viceministra señaló que también se está analizando la posibilidad de que mediante la firma de convenios los municipios se encarguen de fiscalizar el pago de impuestos.
Las primeras municipalidades con las que se firmarán convenios de transferencia de funciones son evaluadas por la Sunat, pero serían aquellas que tengan un Servicio de Administración Tributaria (SAT) como tiene la Municipalidad de Lima Metropolitana.
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