miércoles, 17 de septiembre de 2008

MEDRANO URGE PRECISIONES A LAS MODIFICACIONES DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA A PARTIR DEL 2009


A propósito de las estructurales modificaciones a la Ley del Impuesto a la renta previstas a partir del ejercicio 2009, Medrano urge precisiones en un artículo aparecido en el diario El Comercio el 6 de septiembre pasado.



INDISPENSABLES PRECISIONES

Impuesto a la Renta 2009
Por Humberto Medrano Cornejo. Abogado


A partir del 1 de enero del 2009, entrará en vigencia el Decreto Legislativo 972 que modifica el régimen del Impuesto a la Renta, pero que tiene varios vacíos y contradicciones que, por razones constitucionales, es necesario superar en el curso de este ejercicio.


Como se sabe, los sujetos residentes en el extranjero solo están obligados a tributar por sus rentas de fuente peruana. En el caso de enajenación de acciones ello se configura únicamente si se trata de títulos emitidos por sociedades constituidas en el país.


Ahora bien, según la nueva norma, las personas naturales domiciliadas en el exterior que obtienen ganancias al enajenar acciones deben tributar 30% si son realizadas "fuera del país". En cambio, debe interpretarse que si las ganancias se obtienen "dentro del país", el impuesto se aplica con la tasa del 5%.


También se advierte, el lugar (dentro, fuera del país) es esencial para determinar el impuesto que resulta aplicable. Sin embargo, aunque parezca increíble la norma no contiene la menor referencia a lo que debe entenderse por tales expresiones. ¿Es suficiente tomar en cuenta el lugar de celebración de los contratos? Si así fuera bastaría que los documentos se suscribieran en el país para que opere la tasa reducida ¿O sin decirlo, la norma se refiere solo a las operaciones en la Bolsa de Lima (dentro del país) o en una del extranjero (fuera) pero respecto de acciones emitidas por empresas peruanas? Imposible saberlo y, por ello, la precisión en la ley resulta inevitable para impedir omisiones y reclamos.


De otro lado, en lo que puede considerarse un tratamiento discriminatorio, las personas jurídicas domiciliadas que enajenan valores, deben pagar el impuesto con la tasa del 30% sobre la renta neta que obtienen en el país. En cambio a las personas jurídicas no domiciliadas se les aplica un tributo de solo 5%.


Ello significa que frente a dos operaciones de igual naturaleza que generan exactamente el mismo beneficio las empresas constituidas en el extranjero resultan gravadas con un tributo mucho más reducido que las domiciliadas en el Perú, lo que parece no tener explicación. El hecho de que las domiciliadas puedan deducir las pérdidas que, eventualmente, sufran no elimina la discriminación.


En la enajenación de acciones la ganancia gravable está dada por la diferencia entre el valor de venta y el costo computable de los títulos que, según el procedimiento actual, debe ser validado por Sunat en un plazo de 30 días.


Como quiera que a partir del próximo año la ganancia en bolsa estará gravada, es evidente que el referido procedimiento resulta inaplicable ya que, por su propia naturaleza, las operaciones en ese mercado deben cerrarse con gran rapidez.


Según la nueva disposición, tratándose de acciones adquiridas antes del año 2009, el MEF publicará una tabla referencial que, se supone, debe ser considerada para determinar la base gravable y el impuesto, cuando los títulos se negocian a través de la bolsa. En esos casos es la propia entidad liquidadora (Cavali) la que debe actuar como agente de retención (ya no el comprador). ¿Sin embargo, qué ocurrirá si para el vendedor el costo real de las acciones ha sido superior al previsto en dicha tabla? ¿Lo obligarán a tributar sobre una renta inexistente? Si así fuera, podríamos estar frente a un tributo confiscatorio, por lo tanto, inconstitucional.


Ahora bien, en el caso inverso, es decir si los valores señalados en la tabla superan el costo en que incurrió el vendedor, ¿se determinará una renta inferior a la real y se exigirá un impuesto menor al que verdaderamente corresponde? En esa hipótesis se produciría una violación del principio de igualdad.


Los extremos señalados son una muestra de los aspectos que deben corregirse, por lo que es necesario expedir normas complementarias que permitan aplicar el nuevo ordenamiento sin mayores dificultades.

POR QUÉ LOS NEO LIBERALES CREEN EN LOS PARAÍSOS FISCALES






















Por qué los neo- liberales creen en los paraísos fiscales? aquí un conspicuo y fundamentalista liberal como Dan Mitchell nos da sus motivos (al punto de considerarlos una bendición), aunque no los compartimos, es bueno tenerlos en cuenta para combatirlos como lo hace ahora la canciller alemana Angela Merkel, abanderada de la lucha contra esa inmoral práctica internacional de los Paraísos Fiscales.

Aunque debemos resaltar que argumentos como el siguiente, sostenido por Mitchell no resisten el menos análisis ¿? cinísmo puro, demagogia perversa? habría que recordarle a este truhan que funge de académico a dónde van las ilícitas ganancias del narcotráfico, del tráfico de armas, de las mega corrupciones de funcionarios públicos, que tan presentes son en países como el nuestro... la verdad que arguir derechos de minorías etnicas, sexuales o religiosas para mantener los paraísos fiscales es en verdad una tomadura de pelo por decir lo menos. Pero este es el nivel de los liberales como mitchell en su afán por defender la nociva práctica de los paraísos fiscales y el poder soterrado de la corrupción y de las grandes corporaciones que subyace en su perduración, miren lo que aduce este gracioso: "Finalmente, hay una justificación moral para los paraísos fiscales: Ellos juegan un rol crítico al proteger a las personas sujetas a persecuciones religiosas, étnicas, sexuales políticas o raciales. La mayoría de la población mundial vive en regimenes con inadecuadas protecciones a los derechos humanos. Y las personas con bienes, son usualmente el blanco de estos gobiernos opresores. La habilidad de depositar dinero en estos paraísos fiscales ofrece importantes protecciones para estas potenciales víctimas.


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Los paraísos fiscales son una bendición
Por Dan Mitchell académico titular del Cato Institute.

Si alguna vez Ian Fleming hubiera querido escribir una novela de espionaje acerca de la política fiscal, es muy probable que hubiera encontrado muy buen material en la compra de datos confidenciales de los clientes del banco de Liechtenstein, que recientemente hizo el servicio de inteligencia externa de Alemania. Con una lista de supuestos evasores de impuestos, Alemania se está uniendo a otros países de Europa en demandar que Liechtenstein, al igual que otros sitios llamados “paraísos fiscales”, pierdan su legislación privada para que los recaudadores extranjeros de impuestos puedan rastrear—e imponer impuestos—a los fondos invertidos en jurisdicciones a favor de bajos impuestos. La Unión Europea y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), detectando un momento oportuno, han unido sus voces en un coro que está clamando por la destrucción de los paraísos fiscales.

Cuando pensamos en paraísos fiscales, tendemos a imaginarnos a millonarios diletantes en sus lujosos yates cubiertos en joyas, jctándose acerca del último truco que sus contadores acaban de descubrir para evadir impuestos. Esta popular imagen—y el hecho de que solo unos cuantos de nosotros poseen cuentas millonarias en Mónaco o en Andorra—hace mas fácil para muchos aplaudir a la canciller alemana Ángela Mérkel en su cruzada. Según la lógica general, uno se pregunta: ¿Porque los millonarios pueden salirse con la suya mientras el resto de nosotros estamos pagando lo que debemos? Sin embargo, esta sabiduría convencional no podría estar más equivocada. Todos somos beneficiarios de los paraísos fiscales, en formas que ni nos percatamos.

Antes que nada, si uno vive en un país desarrollado, los impuestos son probablemente mucho menores de lo que eran hace 30 años, gracias en parte a los paraísos fiscales. En 1980 el ingreso fiscal personal en los países miembros de la OCDE promediaba más del 67% y las tasas corporativas en ese año promediaban casi un 50%. Y por si esto fuera poco, los países rutinariamente impusieron nuevas capas fiscales al capital, incluyendo impuestos sobre dividendos, sobre ingresos capitales, sobre herencia e impuestos a la riqueza. Estas políticas desalentaron al ahorro y la inversión, estancando el desarrollo económico y dañando considerablemente la economía.

Sin embargo, empezando por Reagan y Thatcher, los gobiernos se han esforzado por disminuir las tasas fiscales y reformar sus regimenes. Las tasas fiscales personales ahora promedian solamente cerca de un 40% y las tasas fiscales corporativas se han reducido a un 27%. Es en gran medida la globalización—no la ideología—lo que ha conducido esta virtuosa “carrera hacia abajo”. Los gobiernos están disminuyendo impuestos porque temen que los empleos y las inversiones se vayan de su país. Al proveer un refugio seguro para las personas que buscan evadir tasas fiscales confiscatorias, los paraísos fiscales han jugado un rol imprescindible. Los legisladores han concluido que es mejor recibir algún ingreso con tasas fiscales modestas, que imponer altos impuestos y perder dinero.

Segundo, los ducados europeos y las islas del Caribe no son los únicos lugares que reciben a los refugiados de altas tasas impositivas. EE.UU., por ejemplo, podría ser considerado el paraíso fiscal más importante del mundo. El gobierno estadounidense generalmente no cobra impuestos sobre ganancias de interés y capital recibidos por extranjeros que invierten en el país. Y considerando que el sistema tributario no posee datos sobre estos pagos, hay muy poca información para compartir con recaudadores fiscales extranjeros. Además las estructuras corporativas de EE.UU., como las compañías de Delaware y Nevada, son excelentes mecanismos para que los extranjeros puedan administrar sus inversiones. Gracias en parte a estas políticas atractivas, los extranjeros hoy en día han invertido más de $12 trillones en EE.UU. Aún si los esfuerzos de Mérkel son exitosos y a todas las naciones se les impone la obligación de reforzar las legislaciones fiscales para extranjeros, es muy probable que una suma sustancial de ese capital que crea empleos, escapará de EE.UU.

Finalmente, hay una justificación moral para los paraísos fiscales: Ellos juegan un rol crítico al proteger a las personas sujetas a persecuciones religiosas, étnicas, sexuales políticas o raciales. La mayoría de la población mundial vive en regimenes con inadecuadas protecciones a los derechos humanos. Y las personas con bienes, son usualmente el blanco de estos gobiernos opresores. La habilidad de depositar dinero en estos paraísos fiscales ofrece importantes protecciones para estas potenciales víctimas. Incluso las Naciones Unidas, en un reporte de 1998 que atacaba a los paraísos fiscales, tuvo que admitir que “A lo largo del siglo XX, los gobiernos alrededor del mundo espiaron a sus ciudadanos para mantener el control político. La libertad política puede depender de la habilidad de esconder información puramente personal, de los ojos del gobierno”.

A pesar de este poderoso argumento para dejar a los paraísos fiscales en paz, los burócratas internacionales han visto una oportunidad para expandir su cobertura. La OCDE está tratando de beneficiarse con la controversia del caso Liechtenstein rejuveneciendo su campaña de la “perjudicial competencia fiscal” contra “los incooperantes paraísos fiscales” que irónicamente son los mismos países que ayudaron a mejorar las políticas fiscales. Este esfuerzo, que ha estado en reposo desde que la administración del presidente George W. Bush le retiró apoyo en 2001, ha puesto a los paraísos fiscales en una lista negra y los ha amenazado con impuestos discriminatorios y restricciones comerciales si no aceptan adoptar un sistema de recaudación similar al de las naciones con altos impuestos.

Mientras tanto, la Comisión Europea establece que el embrollo muestra la necesidad de expandir la directiva de ahorros e impuestos de la UE, la cual consiste en un acuerdo de compartir información para ayudar a cobrarle impuestos a los ciudadanos de países como Francia y Alemania que ganan intereses fiscales en lugares como Luxemburgo. Por ahora, solamente se aplica a tipos de ingreso de capital en países europeos y sus territorios. Pero los ambiciosos recaudadores fiscales de Europa quieren intervenir en todas las formas de ingreso de capital, y quieren que los gobiernos no europeos como el de Singapur, Estados Unidos y Hong Kong, participen en lo que equivale a un cartel fiscal.

Afortunadamente, las propuestas de OCDE y de la UE enfrentan un gran reto. La OCDE fue capaz conseguir que los paraísos fiscales ubicados en la lista negra firmaran las llamadas cartas de compromiso. En esta prometen debilitar sus leyes fiscales y de privacidad, con la condición de reciprocidad, lo que significa que los paraísos fiscales acceden a esto solamente si el resto de países también lo hacen, incluyendo a los miembros de la OCDE como EE.UU., Suiza, Luxemburgo, y también países no miembros como Hong Kong y Singapur. La directiva de ahorros e impuestos de la UE enfrenta obstáculos similares, en gran parte por las mimas razones.

Estas son buenas noticias. La competencia fiscal está llevando a las políticas fiscales en la dirección correcta y los paraísos fiscales juegan un papel clave en este proceso de liberalización. Los países con sistemas de altos impuestos se quejan de que las jurisdicciones como la de Liechtenstein permitan la evasión fiscal, pero este argumento no toma en cuenta el punto obvio: las bajas tasas fiscales y las reformas tributarias son la mejor forma de reducir la evasión. La verdad es que aquellos luchando en contra de los paraísos fiscales nos costarían mucho mas a todos nosotros, de lo que nos podría costar alguna vez pequeño Liechtenstein.

Este artículo fue publicado originalmente el Foreign Policy (EE.UU.) el 18 de marzo de 2008.