lunes, 14 de marzo de 2011

Colaboración de FREDDY ALARCÓN


Otra historia conocida….

Esta es la historia de dos pollerías que venden una en frente de la otra. Tienen similar tamaño, similar cantidad de empleados y la clientela es casi similar.

La pollería “A” vende de la siguiente manera:
Un cliente llega, el mozo le toma el pedido, luego le sirve y al final cuando el cliente termina de comer, se acerca el mozo y le entrega una comanda con el detalle de todo lo consumido, el cliente se acerca a caja, el cajero verifica que la comanda sea exacto con la copia que él posee como control y cobra la cuenta.

La pollería “B” vende de la siguiente manera:
Un cliente llega, el mozo le toma el pedido luego le sirve y al final cuando termina de comer, el cliente se acerca sólo a caja, le indica al cajero lo que consumió, cancelando su cuenta (en este caso no existe comanda de control y el cajero acepta como valido lo que el cliente le dice).

Si usted fuera el dueño de una pollería ¿Cuál de las dos formas de venta aplicaría?
Seguramente habrá respondido que aplicaría el estilo de la empresa “A”, porque pensó:
como voy a vender sin ningún tipo de control, me pueden engañar:
El cajero, al reportarme que las cobranzas son menos de lo que en verdad ocurrió.
El mozo, porque puede efectuar ventas y cobranzas directas, sin que se entere el cajero ni el dueño.
El cliente, porque puede decir que solo consumió la mitad de lo que en verdad comió.
Entonces, yo como empresario que conozco como es la idiosincrasia del peruano (exacto la de “Pepe el vivo”), tengo que tener necesariamente estos y otros controles más, básicamente por que tengo dudas que me estén diciendo toda la verdad.

Cuando un contribuyente presenta cada mes su declaración jurada, se llama autoliquidación tributaria, en ella voluntariamente consigna cuales han sido las ventas que verdaderamente realizo (por eso se llama declaración jurada).
Esta determinación tributaria realizada por el contribuyente, posteriormente es sujeta de una verificación por parte de la SUNAT para comprobar que lo consignado como ventas ha sido lo correcto (como un mecanismo de control).
Para esto, la SUNAT podrá aplicar dos criterios: la determinación en base cierta y la determinación en base presunta.
La segunda, es decir la base presunta, se utiliza siempre que exista duda razonable de que no se ha declarado la totalidad de las ventas realizadas (para esto debe haber una causal debidamente acreditada según lo establecido en el Código Tributario).

Entonces, ¿No sería acaso la presunción un mecanismo de control que el estado ha creado para comprobar que los ingresos declarados por los contribuyentes sean los correctos? ¿Tiene alguna similitud el actuar del estado como empresario con aquel dueño de la pollería “A” que necesita controlar su negocio? ¿Por qué no puede actuar el estado como el dueño de la pollería B y pensar que todos sus clientes le van a decir toda la verdad voluntariamente?.


(*) Contador público colegiado, egresado de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, con estudios de Maestría en Política y Sistema tributario culminados en la misma universidad.