martes, 14 de octubre de 2014

¿El comienzo del fin de las Normas sobre Precios de Transferencia?


La OCDE en su Plan de Acción contra la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios (BEPS 2014 – 2015) ha reconocido explícitamente el relativo fracaso de las normas sobre Precios de Transferencia (por ende del principio de arms length o de plena competencia) para distribuir eficaz y eficientemente los ingresos de las empresas transnacionales entre aquellos países en los cuales estas han hechos negocios.
Dice la OCDE que las multinacionales han sido capaces de usar y abusar de las normas sobre precios de transferencia para separar el ingreso de las actividades económicas que lo producen y desplazarlo a zonas de baja imposición. Ello se produce siempre mediante transferencia de intangibles y de otros activos móviles por valores inferiores a su valor real, por la sobre capitalización de aquellas entidades del grupo que tributan a tipos reducidos o nulos y por las asignaciones contractuales de riesgos a territorios de baja imposición, en transacciones que raramente ocurrirían entre parte independientes.
Ante este panorama, la OCDE no niega la posibilidad de adoptar medidas o mecanismos correctores fuera (o alternos) de las normas sobre precios de transferencia. ¿Formulario Global? ¿Sistema de Fórmulas? ¿Unitari Tax?.
Hace 7 años escribíamos este artículo, precursor sobre esta problemática de los precios de transferencia ....
Ver aquí: